3. Criterios de historicidad.
En la obra de Meier, los
criterios de historicidad suministran el procedimiento concreto en torno del asunto de distinguir y decidir, al mirar las
fuentes, qué material procede del Jesús histórico. No sobra recordar, de manera
somera y con las palabras del autor (la tomo de los lugares que me parece que
logran mejor formulación), cuáles son estos criterios. Rrecuerdo tan sólo
aquellos que él llama criterios primarios:
Criterio de dificultad (o contradicción): “se centra en
acciones o dichos de Jesús que habrían desconcertado o creado dificultades a la
iglesia primitiva” (UJM 1: 184).
Criterio de discontinuidad (o disimilitud): “se centra en las
palabras o hechos de Jesús que no pueden derivarse del judaísmo de su época ni
de la Iglesia primitiva posterior a él” (UJM 2: 187).
Criterio de testimonio múltiple (o referencias cruzadas):
“se centra en aquellos dichos y hechos de Jesús que están atestiguados en más
de una fuente literaria independiente” (UJM 1: 190).
Criterio de coherencia (o congruencia): “sostiene que otros
hechos y dichos que encajan bien en la ‘base de datos’ preliminar establecida
mediante la aplicación de los tres primeros criterios, tienen buenas
probabilidades de ser históricos” (UJM 1: 191-192).
Criterio de rechazo y ejecución: “en vez de juzgar
dichos y hechos específicos, examina la línea seguida por Jesús durante su
ministerio y pregunta qué palabras y acciones encajan en ella y explican su
proceso y crucifixión” (UJM 4: 44-45).
Aunque la exposición de
los criterios es clara y coherente, su uso a lo largo de UJM produce perplejidad. Recuerde el lector estos
casos: 1) El análisis de los dichos de Jesús sobre cuestiones legales (en UJM
4), o el análisis de la imagen del Reino de Dios como rectora y central en la
predicación jesuánica (en UJM 2), debe más, en sus conclusiones, a una exposición
de contenidos culturales amplios que al uso propio de los criterios, que tan
solo vienen a validar lo derivado de aquellos contenidos culturales. 2) En los
capítulos 25 y 26 de UJM 3 (sobre la existencia y naturaleza de los Doce), o el
capítulo 15 de UJM 2 (sobre los dichos con mención futura del Reino de Dios),
el peso del análisis recae en lo que se llama el análisis crítico-formal, del
cual los criterios son su nombre-síntesis. 3) La argumentación crítico-formal
es transparente en el capítulo 16 de UJM 2, en aquel análisis del logion de Lc
17, 20-21, donde, precisamente, no se hace ningún uso de los criterios. Son
muchos otros los ejemplos similares, pero, para el objetivo de esta entrada y
de este blog, bastan para indicar que los
criterios de historicidad son, en realidad, el nombre-síntesis de un análisis
crítico-formal realizado por Meier.
Ahora, ¿qué hace –en términos
de función– los criterios en el discurso de Meier, en UJM? Simplemente son un
llamado de atención al lector, en tres niveles: advierten de presencia de ciertas recurrencias, primero, en las
formulaciones neotestamentarias; segundo, invitan
a relacionar datos precedentes y consecuentes; por último, piden un juicio
sobre esa relación para la identificación de un original. De nuevo lo concluido
arriba, pero bajo otra forma: los
criterios son nominación y síntesis de un análisis crítico-formal.
La perplejidad surge de
una pregunta elemental: ¿por qué insistir en la identificación de la
metodología con los criterios de historicidad? ¿Por qué no decir, simplemente,
que la metodología se conforma a las reglas del análisis histórico crítico?
¿Por qué este enmascaramiento del
método histórico-crítico, bajo el nombre de criterios de historicidad?
Mi hipótesis es esta:
dado el afán de objetividad de Meier para con su discurso, y la exigencia
concomitante de limitar al máximo posible la subjetividad del enunciador, éste
crea (es inconsciente en ello) un dispositivo retórico en el cual quien propone los significados es el criterio. Meier desea registrar
hechos científicos con la menor distorsión posible, con la máxima objetividad
posible. El criterio aparece como el agente enunciador, ocultando la (relativa)
arbitrariedad del autor en sus opciones críticas. No siendo Meier el agente
enunciador sino el criterio, se puede afirmar la imparcialidad del discurso
logrado. Es el espíritu santo del
cónclave no-papal que con paciencia construye, y construirá, Meier.
Este espíritu santo,
este agente de la significación de UJM, el criterio (bajo sus cinco facetas), este
verdadero autor de UJM, es el que ha de regir los destinos de las futuras
líneas de UJM. Y, sabemos ya, el destino último es la muerte. Se supone que el criterio de rechazo y ejecución jugará
un papel capital en el postrer tomo de UJM. Centro en éste criterio la mirada, para
el comentario de la próxima semana.
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